A caballo entre la leyenda y la historia
A caballo entre la leyenda y la historia, entre la devoción y el rechazo, entre la luz y la sombra, la figura del Centauro del Norte emerge vigorosa de la epopeya revolucionaria de 1910: hombre decidido, militar sagaz y valiente, líder en la guerra y en la paz, Francisco Villa supo dar a los tiempos lo que éstos necesitaban. Su proyecto agrario, dotado de gran visión constituye un hito en la historia agraria del país que emergió de la Revolución mexicana.
El sentido social del villismo apareció el 12 de diciembre, cuando el Centauro hizo publicar un documento espectacular y de hondas repercusiones, algunas de ellas inmediatas, el “Decreto de confiscación de bienes de los enemigos de la Revolución”, que en su parte central dice:
Son confiscables y se confiscan, en bien de la salud pública y a fin de garantizar las pensiones a viudas y huérfanos causados por la defensa que contra los explotadores de la Administración ha hecho el pueblo mexicano, y para cubrir también las responsabilidades que por sus procedimientos les resulten en los juicios que a su tiempo harán conocer los Juzgados especiales que a título de restitución de bienes mal habidos se establecerán en las regiones convenientes, fijando la cuantía de esas responsabilidades, destinándolos íntegros para esos fines, los bienes muebles e inmuebles y documentaciones de todas clases pertenecientes a los individuos Luis Terrazas e hijos, hermanos Creel [...] y todos los familiares de ellos y demás cómplices que con ellos se hubieren mezclado en los negocios sucios y en las fraudulentas combinaciones que en otro tiempo se llamaron políticas.
Al triunfo de la causa, continuaba el decreto, una ley reglamentaria determinaría lo relativo a la distribución de esos bienes que, en tanto, serían administrados por el Banco del Estado, creado por otro decreto del mismo día, con esos bienes como garantía de capital. Esos recursos, administrados por revolucionarios de confianza bajo la fiscalización de Silvestre Terrazas, permitieron financiar el aparato militar villista así como su política social.
En este decreto está expuesta la política agraria del villismo: los revolucionarios campesinos del norte llevaban tres años pensando en el tipo de sociedad que querían para “después del triunfo” y cómo habría de construirse ésta, de modo que tan pronto tuvieron el poder, así fuera a escala local, lo aplicaron, de acuerdo con el “sueño de Pancho Villa”, expuesto por el caudillo a John Reed más o menos al mismo tiempo que hizo público el decreto anterior. De ambos textos (y otros posteriores, que los complementan) se desprende lo que Arnaldo Córdova ha llamado la “vaga utopía del México del futuro” que forma parte fundamental “del ser y el ideal del villismo”. Con el tiempo, esa utopía fue convirtiéndose en un proyecto revolucionario, pero sin entrar en el análisis de ese programa hay que señalar la expedita justicia ranchera inherente al decreto de confiscación: aunque los resultados más importantes se verían “al triunfo de nuestra causa”, sin esperar ese momento se expropiaban los latifundios del clan Terrazas-Creel y de otras familias vinculadas a ellos, justificando el hecho, en primer término, por las acciones políticas de los referidos oligarcas, que eran dueños de la mitad de las tierras del estado, de muchas de las cuales se apoderaron en detrimento de los pueblos libres y los pequeños propietarios al amparo de la manipulación de las leyes liberales y porfiristas.
Esta publicación es un fragmento del artículo “El sueño de Pancho Villa” del autor Pedro Salmerón Sanginés y se publicó íntegramente en la edición de